Aerocivil aprueba con condiciones la integración de Avianca y Viva Air

Después de meses y en medio de investigaciones por presuntas irregularidades, la Aeronáutica Civil de Colombia (Aerocivil), aprueba con condiciones la integración de Avianca y Viva Air. La autorización incluye a las líneas aéreas en Colombia, así como a la filial en el Perú, y está sujeta a una serie de medidas a fin de garantizar la libre competencia.

El fallo recoge el análisis técnico de la nueva propuesta de integración y las medidas de mitigación que ofrecen las partes. La Dirección de Transporte Aéreo y Asuntos Aerocomerciales de la Aerocivil encuentra que las propuestas “no logran mitigar los efectos de concentración, dominancia y asimetría derivados de la transacción”.

También se considera la situación actual de Viva Air, con la suspensión de operaciones, su condición operativa y la crisis materializada en febrero. Ante el escenario, la autoridad determina una serie condiciones que las empresas que buscan la integración deben cumplir.

Siete condiciones

La Aerocivil condiciona la aprobación de la integración de Avianca y Viva Air a siete condiciones. Parte de estas guardan relación a dar espacio a los operadores competidores y también a responder ante los usuarios afectados por la suspensión unilateral y arbitraria de Viva Air.

1- La integración debe respetar los derechos de los usuarios de Viva Air: Se deben reembolsar los tiquetes de los vuelos cancelados y se les permita volar a quienes tienen pasajes pendientes. Además deben responder a los pasajeros de Viva Air afectados por las decisiones unilaterales de la empresa.
2- Devolver los slots en el aeropuerto El Dorado de Bogotá: Avianca y Viva Air deben devolver los slots en los periodos de alta demanda que son aquellos entre las 05:00 y las 9:00 horas y las 18:00 y las 21:00 horas. Esto, con el fin de no establecer barreras de entrada al mercado.
3- Mantener el esquema de bajo costo (LCC, por sus siglas en inglés) de Viva Air: Se especifica que Viva Air debe mantener sus operaciones por tres años más. Sin embargo, se trata de un punto que no está del todo claro, especialmente, cuando el nuevo modelo de negocios de Avianca se asemeja bastante al de Viva Air.
4- Devolver las frecuencias otorgadas a Viva Air en la ruta Bogotá – Buenos Aires (EZE) que resulta altamente impactada.
5- Mantener un límite de tarifas efectivo en las rutas donde Avianca y Viva Air queda con el 100% de participación.
6- Garantizar el dinamismo en las rutas objeto de mayor concentración: La medida afecta a las operaciones en aeropuertos como Medellín (MDE) por ser base principal de Viva Air y donde Avianca posee una operación importante y Cartagena, entre otros.

Otras medidas

Si bien el fallo puede ser apelado, de aceptar las condiciones, Avianca deberá respetar las medidas que se imponen sobre la ULCC. Una de estas es el hecho de que está sometida al control de la Superintendencia de Transporte.

Tras acogerse a un Plan de Recuperación Empresarial (PRE) que renegocia el 18% de la deuda, Viva Air decide suspender unilateralmente sus operaciones afectando a miles de personas dentro y fuera de Colombia. Ante las quejas de los usuarios, la Superintendencia de Transporte somete a control de Viva Air. Además, la Superintendencia de Sociedades estudia una solicitud de reorganización empresarial que es independiente al proceso de integración.

Otro punto no menor, es que Viva Air debe enfrentar las investigaciones en curso. Una de las más importantes es el proceso que la Fiscalía busca conducir por el presunto delito de estafa.

Ilustración portada – Aero-Naves

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