Una multa calificada histórica coloca el Ministerio de Consumo de España a las aerolíneas de bajo costo (LCC/ULCC, por sus siglas en inglés). El motivo prácticas abusivas por cobros como llevar equipaje en cabina a bordo. La práctica pone en duda si corresponden o no que califiquen como servicios adicionales.
La multa colocada a las aerolíneas en España es por €150 millones. Las compañías afectadas son Ryanair, easyJet, Volotea y Vueling por aplicar cobros extras a los usuarios por subir equipaje a bordo o seleccionar el asiento cuando el pasajero es acompañante de menores.
Ryanair es la compañía con mayor multa, según trascendidos. En 2018, comienza con este tipo de práctica que, posteriormente, la adopta Vueling. Volotea y easyJet son las últimas en aplicarla.
A mediados del año, el Ministerio de Consumo abre una investigación sobre estas prácticas tras el reclamo de los viajeros. El propósito es determinar si son acciones abusivas o desleales para los consumidores.
Los puntos de la investigación son cobros extras por asientos contiguos cuando se acompañan a menores, la falta de transparencia en la información sobre el precio final y cobro por un equipaje de mano. También se les cuestiona no permitir el pago con efectivo en los aeropuertos por servicios adicionales que los pasajeros contratan a último minuto.
Con la multa colocada por España, las aerolíneas quedan técnicamente prohibidas de seguir con esta práctica. Sin embargo, queda en duda si mantienen o no las prácticas por las acciones judiciales que establecerán.
Aerolíneas acusan discriminación
Dado que todas las compañías aéreas utilizan los cobros por servicios adicionales, las aerolíneas afectadas por la multa en España acusan una discriminación. Desde su perspectiva del mercado se busca colocar una acción de distorsión del mercado.
Ryanair, easyJet, Volotea y Vueling pueden apelar a la multa. Primero deben recurrir al propio Ministerio de Consumo con un recurso de casación y después ante la Audiencia Nacional. También adelantan acciones ante las autoridades de Competencia de la Unión Europea.
Según estas aerolíneas, el cobro de equipaje es una tendencia amplia de la industria por lo que la multa que España les coloca no debe proceder. Ante los altos costos que enfrenta la industria aérea, anticipan que los pasajes pueden subir de precio.
Desde la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA) creen que la legislación europea, reconocida en el Reglamento 1008/2008, protege la libertad de fijación de precios. Por lo tanto, ofrece a los pasajeros opciones sobre los servicios de viaje por los que se desee pagar. “Esperamos una resolución que así lo confirme”.
Fotografia portada – Ruthaam