Posibilidad de suspensión de funcionamiento del Helipuerto Santiago preocupa al sector aéreo: señalan que fallo judicial tiene errores

A casi dos años de conocerse una denuncia, un fallo judicial pone en peligro la continuidad del Helipuerto Santiago, una de las estaciones aéreas de helicópteros más importantes de la capital chilena. La situación levanta polémica y también preocupación, principalmente, por el impacto negativo que tendría la medida para un recinto aéreo autorizado por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) y la falta de infraestructura aeronáutica.

La 8va sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ordena la suspensión de las operaciones del Helipuerto Santiago hasta que regularice la situación y obtenga los permisos necesarios. El fallo responde a un recurso de protección presentado por más de 100 familias del barrio "El Barrero" quienes denuncian “una operación irregular” e impactos negativos en la calidad de vida, principalmente por los ruidos molestos.

En su decisión, la Corte señala que el Helipuerto de Huechuraba Santiago SPA (Helipuerto Santiago) opera con una patente provisoria que habría expirado en septiembre 2022. También señala que el Plan Regulador de la Comuna de Huechuraba no contempla la habilitación de pista/zona de aterrizaje y la construcción de hangares.

Según publica Diario Constitucional, se han cursado infracciones por la Municipalidad de Huechuraba por no contar con Permiso de Edificación vigente ni recepción definitiva. Además, se indica que no se ha acreditado patente provisoria (Resolución 48/2020) para ejercer servicios de almacenamiento y depósito N.C.P.

Un fallo con errores

Para los operadores del Helipuerto Santiago, el fallo tiene errores. Primero se trata de una estación aérea que cuenta con autorización vigente por parte de DGAC. Además, el fallo a favor de las comunidades se funda en el Decreto 38 de 2011 del Ministerio de Medio Ambiente que regula la emisión de ruidos, pero cuya norma no aplica al tránsito aéreo.

De acuerdo con la Resolución 1035 del 16 de octubre de 2019, DGAC autoriza el funcionamiento del Helipuerto Santiago. En sus conclusiones, la autoridad aeronáutica indica que está emplazado en un territorio “No Hostil” debido a la baja densidad de sus construcciones y la existencia de sitios eriazos que permiten la planificación de maniobras de aterrizaje forzoso en caso de aproximación o de un despegue.

Respecto al Decreto 38 del Ministerio de Medio Ambiente, el artículo 5 del mismo excluye de la normativa a los ruidos cuyo origen es el tránsito aéreo. Junto a esto, los defensores del Helipuerto Santiago citan el artículo 81 del Código Aeronáutico. “Ninguna persona podrá oponerse al sobrevuelo de una aeronave en razón de sus derechos sobre el suelo”, se indica en la normativa.

Respecto a los permisos municipales, estos son provisorios. Sin embargo, indican que hay una extensión de estos hasta 2024. Con relación al ruido, los operadores del Helipuerto Santiago argumentan que no reciben denuncias. Todos los operadores están sujetos a procedimientos de vuelo definidos, además que deben cumplir con medidas para atenuación de ruido.

Otros puntos para considerar

Un punto importante que los operadores del Helipuerto Santiago piden considerar es el DAN 91 de las Reglas del Aire. En su capítulo B de las Reglas Generales se establecen la normativa en función de la protección de personas y propiedad con altitudes mínimas, niveles de crucero, operaciones aéreas especiales, entre otras.

“Lo establecido en la DAN 91 es muy importante porque obviamente para aterrizar debo bajarme de las alturas mínimas establecidas. Esto ampara tu operación porque despegas y aterrizas en un helipuerto autorizado por DGAC”, señala Francisco Fluxá, gerente de Rotortec y administrador del Helipuerto Santiago SPA.

Ante la consulta de Aero-Naves, también menciona que muy importante el artículo 81 del Código Aeronáutico porque es una ley de quórum calificado. “Nadie puede oponerse a que una aeronave pase por encima de tu casa, obviamente a las alturas mínimas establecidas…”, agrega.

En lo que respecta a las operaciones aéreas en el Helipuerto Santiago, estas se realizan en el eje norte-sur aprovechando la geografía del terreno como la urbanización de la zona. Todos los vuelos ingresan desde el Norte sobre el cerro y la autopista nor-oriente para posarse en el helipuerto. Para salir, se utiliza el canal visual sobre el cementerio que está adyacente, por lo que no hay sobrevuelos que salgan del Helipuerto de Santiago sobre las viviendas.

En el sector aeronáutico hay una opinión unánime que seguridad es la prioridad número uno. Por lo mismo, se enfatiza que no deben existir cuestionamientos con un recinto aeronáutico aprobado por la autoridad aeronáutica.

Situación preocupante

Rotortec es el principal operador del Helipuerto de Santiago, pero también sirve de estación aérea para operadores privados. Además, sirve a instituciones que apoyan a la comunidad como Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones (PDI), Fuerza Aérea de Chile (FACh), Corporación Nacional Forestal (CONAF), vuelos de ambulancia, etc. Por lo mismo, la amenaza de una suspensión de funcionamiento por motivos judiciales y no aeronáuticos para un recinto autorizado por DGAC es preocupante.

“La suspensión de actividades es la peor de las medidas”, dice Loreto Moraga, presidente de la Asociación Chilena de Helicópteros (ACHHEL). “Son muchas las actividades que existen en las ciudades que afectan de alguna forma la tranquilidad de las personas y no podemos imaginar en suspender todas ellas porque resultan que esas mismas actividades están al servicio de las personas. Debido a ello es que existen normas técnicas con grados de tolerancia”.

Otras fuentes del sector aéreo señalan que se abre una “caja de pandora”. De prosperar estos fallos judiciales que no toman en cuenta la normativa aérea, se pone en peligro la infraestructura aeronáutica. No se descarta que este recurso esté incentivado por intereses más políticos que por una real preocupación ante la falta de denuncias.

“Puede motivar a que se presenten otros recursos usando este caso a modo de precedente”, comenta la presidente de ACHHEL. En sus comentarios, resalta la importancia que las autoridades sectoriales incluyan la protección y desarrollo de la infraestructura aeronáutica dentro de la planificación urbana. Su justificación es simple: los aeropuertos y helipuertos son estratégicos.

Desde el cierre del aeropuerto de Los Cerrillos la infraestructura aeronáutica en Santiago se reduce. Al fin de dicho aeródromo, se agregan las limitaciones en el aeródromo Eulogio Sánchez de Tobalaba al oriente de la capital. Pese a que se inaugura el aeródromo de Peldehue, no se constata una ampliación de la capacidad, percepción que es compartida por el sector.

ACHHEL dice que los helipuertos son escasos. Por lo tanto, piden cuidar la infraestructura existente y llaman a las autoridades a velar por su protección. Resaltan lo esencial que representan estas instalaciones aéreas, especialmente para los helicópteros.

“Helipuerto Santiago es útil sin duda por toda la gama de servicios que se pueden proveer desde ese punto”, agrega Moraga. “No sólo sirven a quienes contratan y pagan esos servicios. También sirve a la comunidad cercana, como sería en el caso de la extinción de un gran incendio o la realización de una evacuación. No existen alternativas en esa área de Santiago por lo que serían sectores que quedarían desatendidos”.

Para este artículo, Aero-Naves consulta vía correo electrónico a DGAC. Al cierre de la publicación la autoridad aeronáutica no responde la solicitud enviada.

Fotografía portada - Aero-Naves

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