Pese que el acuerdo de negocio conjunto (JBA, por sus siglas en inglés) de Delta y LATAM no tienen overlap en comparación con las propuestas de sus anteriores competidores, las dos compañías acuerdan de manera extrajudicial con la Fiscalía Nacional Económica (FNE) para viabilizar la futura asociación. Si bien hay confianza en que la alianza será aprobada, movimiento estratégico sería una especie de “blindaje” ante el fallo que debe emitir el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) de Chile.
El acuerdo extrajudicial nace de una serie de acciones anteriores. En febrero de 2020, Delta presenta una primera propuesta de medidas de mitigación a la FNE ante los riesgos de adquirir una participación minoritaria. Tras los comentarios de LATAM, a fines de abril se adoptan algunas medidas. En mayo de ese año, las dos compañías suscriben el JBA para integrar las rutas entre Sudamérica y Norteamérica, compartir ingresos, coordinar operaciones de carga y acuerdos de códigos compartidos. En octubre, las firmas presentan una serie de mitigaciones ante posibles riesgos detectados en el JBA, además del acceso a información financiera. Tras nueve meses, la FNE acepta las modificaciones y son presentadas ante el TDLC en agosto de 2021.
Consultada LATAM al respecto, la compañía confirma el acuerdo con la FNE como resultado de los procesos anteriormente mencionados. “LATAM Airlines Group S.A y Delta Air Lines alcanzaron un acuerdo extrajudicial con la Fiscalía Nacional Económica de Chile, el que fue presentado al Tribunal de la Libre Competencia (TDLC) para su revisión”, declaran.
Actualmente, el JBA entre Delta y LATAM está visado por las autoridades de competencia de Brasil, Colombia y Uruguay. El proceso de revisión continúa en otros países, incluido Chile, donde debe ser aprobado por el TDLC.
Según revela Diario Financiero (16/09/2021), tres importantes medidas acordadas con la FNE. La primera guarda relación con la restricción de la asistencia de los directores de Delta en Aeroméxico (donde participa en un 51%) en los comités que discutan aspectos relacionados con las rutas entre Chile y México. De esta manera, se busca influenciar o acceder a información comercial sensible de Aeroméxico en los tramos afectos. El segundo punto guarda relación con que los directores de Delta en LATAM deben ser independientes a la firma estadounidense que hoy es acreedora de la línea aérea chileno-brasilera. Finalmente, se establece que los equipos de implementación del JBA operen para el caso específico de LATAM, si los funcionarios de Delta estén involucrados en la definición de estrategias de Aeroméxico en el mercado México – Chile.
La FNE considera que las medidas son adecuadas para mitigar los posibles riesgos de la competencia y son factibles de implementar, además de monitorear. Para el organismo antimonopolios, las acciones emprendidas impedirían el traspaso de datos comerciales en algunas rutas competitivas.
Cabe recordar que inclusión de Aeroméxico en la revisión del JBA responde al reordenamiento de las compañías que propone Delta tras ingresar en el 20% de LATAM con el objetivo de complementar y potenciar las redes de rutas en América entre todas las compañías que administra. De esta manera, se incluye un futuro JBA u otros acuerdos de cooperación entre Aeroméxico y LATAM. Con sus redes de destinos complementarias, las líneas aéreas más sus socios respectivos, pueden ofrecer acceso una selección aún más amplia de destinos en todo el mundo.
Una de las ventajas que entrega la asociación Delta – LATAM es la inexistencia de overlap de rutas a diferencia de lo que ocurría con American Airlines y también con IAG. En el caso de Delta, la mayoría de las operaciones hacia y desde América Latina se realiza desde Atlanta, destino no operado por LATAM, y en menor medida desde Nueva York (JFK). Al momento de anunciar el JBA en 2019, se advierte que sólo la ruta Sao Paulo (GRU) – Nueva York (JFK) podría ser objeto a revisión, pero la alianza estratégica es aprobada por las autoridades brasileras.
Pese a lo anterior, el movimiento estratégico con la FNE salvaguardar el JBA y conseguir la aprobación en Chile evitando el revés ocurrido con sus antiguos socios que prácticamente fuerzan a terminar la relación histórica, especialmente con American Airlines. También se infiere reducir el factor histórico de otras alianzas y las críticas de la competencia o de otros actores que habitualmente se han opuesto a las acciones de consolidación de la industria.
Si bien previo a la crisis del COVID-19, los JBA son considerados como una oportunidad de crecimiento, hoy es visto como herramientas necesarias para fortalecer la situación de las compañías aéreas con miras sortear el escenario adverso y encaminar un crecimiento sostenible en el futuro. Por lo mismo, en la industria valoran este tipo de acuerdos.
Los JBA se ubican en un nivel inferior y previo a las fusiones. El término es propio del mundo de los negocios para referirse a la acción de unión entre dos o más empresas con el fin de realizar operaciones complementarias, crear un nuevo negocio o realizar distintas acciones comunes. Se califican como contratos atípicos ya que están al margen de las fusiones o las adquisiciones. Por consiguiente, es incorrecto hablar de compras o fusión. En este proceso, las empresas o actores participantes no comparten propiedad ya que cada una mantiene su independencia. A diferencia de las fusiones, los JBA son flexibles, modificables y temporales, incluso pueden ser focalizados según el mercado. Además, las empresas pueden disponer de uno o más JBA, según sus necesidades.
Actualmente, casi el 80% de las compañías aéreas de todo el mundo tienen algún tipo de JBA ya sea de carácter bilateral como multilateral. De estos, el 30% de los vuelos de larga distancia funcionan con este esquema.
Fotografía portada - Maurice Becker